Articulo 6 Concertación de plazas con centros de atención especializada
Artículo 6. Reserva de plazas.
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Se considerará plaza ocupada la asignada a una persona usuaria desde el momento en que se produzca su ingreso efectivo en el centro.
Se considerará plaza reservada aquélla que, estando concertada, no esté ocupada porque su titular se encuentre ausente por internamiento en centro hospitalario, por fin de semana, por vacaciones de la persona usuaria o por otras ausencias de carácter voluntario. Además, en los centros de día tendrá la consideración de plaza reservada la plaza concertada y no ocupada cuando su titular se encuentre ausente por enfermedad. Asimismo, en los centros de atención especializada a personas mayores y en los centros de atención especializada a personas con discapacidad tendrá la consideración de plaza reservada aquélla que, habiendo sido concertada, no se halle ocupada por falta de asignación de su titular.
- Modificación realizada (6) por Orden de 26 de febrero de 2014, por la que se modifican la de 30 de agosto de 1996, por la que se regula la concertación de plazas con centros de atención especializada para los sectores de personas mayores y personas discapacitadas, y la Orden de 7 de mayo de 2002, por la que se regula la financiación de los programas de estancia diurna y respiro familiar, y se crea la comisión de participación en materia de concertación con dichos centros.
(JA de 06-03-2014) en vigor desde 07-03-2014 - Modificación realizada (6) por ORDEN de 31 de octubre de 2007, por la que se modifica la de 30 de agosto de 1996, por la que se regula la concertacion de plazas con centros de atencion especializada para los sectores de personas mayores y personas discapacitadas.
(JA de 09-11-2007) en vigor desde 10-11-2007 - Artículo modificado (6) por ORDEN de 5 de abril de 2000, de modificación parcial de la de 30 de agosto de 1996, por la que se regula la concertación de plazas con Centros de atención especializada para los sectores de personas mayores y personas discapacitadas.
(JA de 09-05-2000) en vigor desde 10-05-2000

