Articulo 6 Contratación d...nistrativo

Articulo 6 Contratación de personal en régimen administrativo

Ver Indice
»

Artículo 6. Contrato de atención de nuevas necesidades de personal docente del Departamento de Educación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Se considera contrato de atención de nuevas necesidades de personal docente el celebrado entre el Departamento de Educación y el contratado para atender adecuadamente las nuevas necesidades de personal docente debidamente justificadas en cada centro docente o programa educativo, siempre que se acredite la insuficiencia de personal fijo para hacer frente a las mismas, de conformidad con lo que para cada curso académico se determine según la planificación educativa.

2. En el expediente de contratación deberá acreditarse la concurrencia de los hechos determinantes que integran los elementos definidos legalmente: la existencia de nuevas necesidades y la insuficiencia de personal fijo para su atención.

3. El régimen jurídico de este contrato será el siguiente:

  1. Su duración, no superior a un año, será establecida en el contrato, sin que en ningún caso pueda sobrepasar el inicio del siguiente curso escolar.

  2. El contrato se extinguirá por el transcurso del plazo pactado.