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Articulo 6 para la contratación socialmente responsable y mediambientalmente sostenible en el Consell Insular de Menorca -Vigente-

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Artículo 6. Consultas preliminares del mercado

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De acuerdo con el artículo 115 de la Ley 9/2017, cuando los departamentos que promueven la contratación del Consejo lo estimen oportuno podrán realizar consultas preliminares del mercado con el objetivo de conocer las soluciones más sostenibles y responsables del mercado.

Incluso se pueden consultar expertos u operadores económicos.