Articulo 6 de Convenio AEAT-FEMP en materia de intercambio de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoria con las EE.LL.
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»Sexta. Naturaleza de los datos.
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Los datos suministrados son los declarados por los contribuyentes y demás obligados a suministrar información o los contenidos en las liquidaciones dictadas por las Administraciones Tributarias, sin que, con carácter general, hayan sido sometidos a actividad alguna de verificación previa a su automatización. No obstante, cuando los citados datos hubieran sido comprobados por las Administraciones Tributarias, se facilitarán los datos comprobados.
Tanto la Agencia Tributaria como las Entidades Locales podrán solicitarse recíprocamente especificaciones o aclaraciones sobre la naturaleza y contenido de los datos objeto de suministro.
