Articulo 6 Creación de la... Climático

Articulo 6 Creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático

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Artículo 6. Subvenciones.

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1. La Agencia podrá proponer y gestionar la concesión de subvenciones, las cuales se otorgarán de conformidad a lo dispuesto por la normativa reguladora de esta materia.

2. Las bases reguladoras de las subvenciones que otorgue la Agencia se aprobarán mediante orden del titular de la consejería de adscripción, a propuesta de la Gerencia de la Agencia.