Articulo 6 Creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático
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»Artículo 6. Subvenciones.
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1. La Agencia podrá proponer y gestionar la concesión de subvenciones, las cuales se otorgarán de conformidad a lo dispuesto por la normativa reguladora de esta materia.
2. Las bases reguladoras de las subvenciones que otorgue la Agencia se aprobarán mediante orden del titular de la consejería de adscripción, a propuesta de la Gerencia de la Agencia.
