Articulo 6 Creación del C... de Aragón

Articulo 6 Creación del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Aragón

Ver Indice
»

Artículo 6. Relaciones con la Administración.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Aragón se relacionará con la Administración de la Comunidad Autónoma a través del departamento que tenga atribuidas las competencias sobre el régimen jurídico de los colegios profesionales, y en los aspectos relativos a los contenidos propios de su profesión, a través del departamento competente en materia de nuevas tecnologías.