Articulo 6 Creación del S...mergencias

Articulo 6 Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias

Ver Indice
»

Artículo 6. Derechos y deberes de la ciudadanía

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Todas las personas tendrán aquellos derechos y deberes que en materia de protección civil y emergencias reconozca la legislación que regula el Sistema Nacional de Protección Civil, sin perjuicio de aquellos derechos y deberes adicionales que puedan reconocerse en la presente ley y en el resto de normas que apruebe la Comunidad de Madrid en el ejercicio de sus competencias.