Artículo 6 Decreto 37/20...ecreativas

Artículo 6. Decreto 37/2026, de 25 de mayo, Asturias, Registro de establecimientos, locales e instalaciones destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas

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Artículo 6. -Publicidad registral y certificaciones.

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1. El Registro será público y las consultas del mismo serán gratuitas, con respeto a la normativa relativa a la protección de datos de carácter personal.

2. La publicidad se hará efectiva mediante la expedición de las certificaciones de las inscripciones, en las que se velará por el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.