Artículo 6 DECRETO 40/2...Valenciana

Artículo 6. DECRETO 40/2026, de 13 de marzo, C.Valenciana

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Artículo 6. Consejo de Dirección

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1. El Consejo de Dirección es el órgano colegiado de asesoramiento y asistencia a la persona titular del departamento en la elaboración, coordinación y ejecución del programa de actuaciones del departamento. Bajo su presidencia, el Consejo de Dirección está integrado por las personas titulares de las secretarías autonómicas, de la Subsecretaría, de las direcciones generales, y del Gabinete de la persona titular de la Conselleria. Esta última ejercerá la secretaría de dicho consejo.
2. A las sesiones del Consejo de Dirección podrán asistir, además, las personas responsables de centros, órganos, unidades o entes adscritos al departamento cuando la persona titular de la Conselleria lo estime conveniente.
3. La persona titular del departamento podrá acordar, siempre que lo considere conveniente, la constitución de otros grupos o comisiones de trabajo de carácter consultivo y de asesoramiento para materias concretas o asuntos específicos con la composición que en cada caso determine.