Articulo 6 el que se desarrolla la Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de Ordenacion Vitivinicola
Artículo 6. Criterios para la concesión de derechos con cargo a la Reserva.
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1. Las bases reguladoras para la concesión de derechos con cargo a la Reserva deberán contemplar los siguientes criterios de prioridad:
La existencia de una relación de suministro de larga duración con bodegas o la pertenencia del solicitante a cooperativas con un porcentaje relevante de vino envasado.
La condición de joven agricultor.
La condición de titular de una explotación agraria prioritaria.
La condición de agricultor a título principal.
La plantación en parcelas destinadas a la producción de vinos de calidad producidos en regiones determinadas.
La concurrencia de especiales circunstancias técnicas, de cultivo o socioeconómicas, que permitan elaborar vinos de una especial calidad o asegurar la viabilidad de las explotaciones.
2. Los criterios anteriores no serán aplicables para la concesión de derechos en el marco de procesos de concentración parcelaria o medidas de expropiación, ni para el cultivo de viñas madres.
