Articulo 6 Desarrollo de las disposiciones de la Ley Foral General Tributaria en materia de infracciones y sanciones tributarias
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»Artículo 6º. Delimitación entre infracción simple, infracción grave y criterio de graduación
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 67.1 de la Ley Foral General Tributaria, constituye infracción simple el incumplimiento de obligaciones o deberes tributarios exigidos a cualquier persona, sea o no sujeto pasivo, por razón de la gestión de los tributos cuando no constituyan infracciones graves y no operen como elemento de graduación de la sanción.
