Articulo 6 Dinamización d... Comercial

Articulo 6 Dinamización de la Actividad Comercial

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Artículo 6. Libertad de apertura comercial en días festivos

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Cada comerciante determinará con plena libertad y sin limitación legal alguna, en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, los festivos de apertura en los que desarrollará su actividad comercial.