Articulo 6 Disolución del Parlamento de Galicia y convocatoria de elecciones
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Las elecciones convocadas por este decreto se regirán por la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, así como por la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, y la normativa de desarrollo.

