Articulo 6 Emergencias de Galicia
Ver Indice
»Artículo 6. Derecho de restablecimiento.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se reconoce el derecho de los ciudadanos afectados por una catástrofe o calamidad a la restauración de los servicios esenciales, la rehabilitación de las zonas afectadas por los siniestros y el retorno a la normalidad en los términos establecidos por el artículo 31.
