Articulo 6 Se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
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»Artículo 6. Contratos eventuales, de temporada, de interconexiones internacionales, para suministro de energía adicional y para suministros a instalaciones acogidas al régimen especial: condiciones particulares.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (se deroga) por Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica. (BOE de 12-02-2026) en vigor desde 12-02-2026
- Modificación realizada (6 (apdo. 6, se deroga teniendo en cuenta la D.T. 8ª del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre)) por Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.
(BOE de 10-10-2015) en vigor desde 11-10-2015 - Modificación realizada (6 (apdo. 5, se deroga)) por REAL DECRETO 1454/2005, de 2 de diciembre, por el que se modifican determinadas disposiciones relativas al sector electrico.
(BOE de 23-12-2005) en vigor desde 01-01-2006 - Modificación realizada (6 (apdo. 4)) por CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica. Advertidos errores en el Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 268, de 8 de noviembre de 2001, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
(BOE de 18-01-2002) en vigor desde 09-11-2001
