Articulo 6 Estatuto especial de capitalidad de la ciudad de Eivissa
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Las relaciones de colaboración y de cooperación entre el Ayuntamiento de Eivissa y las otras administraciones públicas se rigen por lo que disponen la Ley municipal y de régimen local de las Illes Balears, la legislación que regula el procedimiento administrativo común y las demás normas estatales o autonómicas que le son aplicables.
