Articulo 6 Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias de Euskadi -Derogada-
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»Artículo 6. Irrenunciabilidad de los derechos.
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Será nula de pleno derecho la renuncia previa al ejercicio de los derechos reconocidos en esta ley y normas complementarias, así como todo pacto que tenga por objeto la exclusión de su aplicación. Los actos realizados en fraude de la presente ley o su normativa complementaria no impedirán la aplicación de la norma que se trate de eludir, de acuerdo con la legislación civil.
