Artículo 6 evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizajes informales
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»Artículo 6. Referente del procedimiento.
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El procedimiento establecido en este real decreto tendrá como referente para la evaluación y la acreditación el Marco de Referencia estructurado en este capítulo y recogido en el anexo I.
