Articulo 6 Eventos Públicos y Sostenibilidad
Artículo 6. Medidas específicas de prevención en los eventos públicos patrocinados, organizados o subvencionados por las administraciones públicas.
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En los eventos públicos patrocinados, organizados o subvencionados por las Administraciones públicas, en los que se lleve a cabo la distribución y/o venta de alimentos y/o bebidas, se deberán adoptar las siguientes medidas de prevención:
a) No se permitirán envases de un solo uso para la distribución gratuita de bebidas, incluida el agua.
b) Se implantarán alternativas a los envases de un solo uso para la venta y distribución de bebidas.
c) En los servicios de hostelería y restauración o puntos de alimentación de los eventos públicos se ofrecerá siempre la posibilidad de un recipiente con agua del grifo y los vasos reutilizables o agua en botellas reutilizables para su consumo, de forma gratuita y complementaria a la oferta del propio servicio de hostelería y restauración o punto de alimentación.
d) No se permitirá la venta y distribución de vasos de un solo uso para bebidas. Los vasos reutilizables deberán cumplir los requisitos de la norma UNE-EN 13429:2005, y además se deberán poner los medios necesarios para garantizar su recuperación y limpieza posterior. Si, con el fin de garantizar la recuperación del vaso, se cobrase en concepto de depósito una cantidad por cada vaso reutilizable, se deberán habilitar los mecanismos necesarios para garantizar la devolución del depósito una vez el vaso sea retornado por las y los consumidores.
e) No se permitirá el uso de recipientes de plástico de un solo uso para alimentos, excepto aquellos que estén constituidos por material biodegradable o compostable que cumpla con los requisitos de la norma UNE-EN 13432:2001.
f) La vajilla que se utilice en actos gastronómicos de eventos públicos, como comidas populares u otros, deberá ser reutilizable. Se priorizará alguno de los siguientes sistemas (o una combinación de los mismos):
1.-Contratar servicios de catering que utilicen vajilla reutilizable.
2.-Solicitar a las personas asistentes a los actos gastronómicos que lleven su propia vajilla reutilizable.
3.-Emplear el servicio de vajilla reutilizable que las entidades locales ponen a disposición de las entidades organizadoras o promotoras y ayuntamientos para tal fin, teniendo en cuenta que, si la demanda de estos recursos supera la oferta y la capacidad de gestión por parte de las entidades locales, estas últimas decidirán qué criterios tomar para la puesta a disposición de este servicio. Para garantizar el retorno de los materiales se podrán establecer fianzas para su uso.
4.-Emplear vajilla reutilizable propia de la entidad organizadora o promotora, garantizando el sistema de recuperación y limpieza.
En caso de no ser posible la implantación de ninguna de las medidas de este apartado, se empleará vajilla de material biodegradable o compostable que cumpla con los requisitos de la norma UNE-EN 13432:2001, a excepción de los vasos, que deberán ser reutilizables según lo establecido en el apartado 6.d).

