Articulo 6 Fertilización del suelo y deyecciones ganaderas
Articulo 6 Fertilización ... ganaderas

Articulo 6 Fertilización del suelo y deyecciones ganaderas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 6. Personas gestoras de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Tienen la consideración de personas gestoras de deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados las personas o entidades siguientes:

a) Las titulares de explotaciones ganaderas que generan deyecciones ganaderas.

b) Las titulares de explotaciones agrícolas donde se aplican deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados.

c) Las titulares de centros de gestión de deyecciones ganaderas para su aplicación agrícola.

d) Las personas gestoras de residuos que tratan deyecciones ganaderas y otros fertilizantes nitrogenados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-07-2019 en vigor desde 25-07-2019