Articulo 6 Fomento de la responsabilidad social
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Artículo 6. Del fomento del consumo de productos y servicios socialmente responsables

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1. Las administraciones públicas fomentarán la integración de los principios de responsabilidad social en las políticas de consumo. A dicho fin, promoverán la información dirigida a la ciudadanía sobre el consumo cívico o responsable, apoyando las iniciativas de terceros en este ámbito, especialmente de las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

2. Las administraciones públicas fomentarán, en su caso, a través de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias de la Comunitat Valenciana, hábitos de compra, uso y disfrute de bienes y servicios que supongan el consumo de productos que incorporen valores ambientales o de sostenibilidad, sociales y éticos, y el respeto de los derechos de la infancia en toda la cadena de producción, así como el comercio justo, a fin de favorecer el desarrollo de pautas de consumo responsable y sostenible en la ciudadanía.

3. Las administraciones públicas promoverán la utilización del etiquetado, tanto de comercio justo como de otro tipo acreditado como herramienta distintiva del cumplimiento de criterios de responsabilidad social, promoviendo los productos socialmente responsables. En el caso de comercio justo, el etiquetado debe ser el reconocido por la Organización Internacional del Comercio Justo (WFTO), o la demostración fehaciente de que se cumplen los criterios recogidos en el artículo 2 de la resolución del Parlamento Europeo sobre comercio justo y desarrollo (2005/2245 [INI]), o la que la sustituya.

4. La administración de la Generalitat y su sector público promocionará en sus actos protocolarios, en la medida en que sea posible, el consumo de productos autóctonos valencianos y de comercio justo.

5. Las administraciones públicas promoverán un modelo de turismo sostenible, inclusivo, responsable y de calidad, velando por la plena accesibilidad universal, respetando el entorno y la sociedad receptora y teniendo en cuenta las repercusiones actuales y futuras, económicas, sociales y medioambientales de la actividad turística. Asimismo, impulsarán la preservación y mejora de los recursos turísticos y la planificación y vertebración en el territorio. En este sentido, promoverán el comportamiento socialmente responsable de las empresas turísticas para que contribuyan al desarrollo sostenible, orientando la actividad turística hacia actuaciones capaces de conciliar el desarrollo económico sostenible, la competitividad la eficiencia con la protección del medio ambiente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2018 en vigor desde 05-08-2018