Artículo 6 Fondo Foral de Financiación Municipal
Artículo 6. Entregas a cuenta y liquidación del Fondo Foral de Financiación Municipal.
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1. Entre los días 20 y 25 de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre, la Diputación Foral hará efectivo el pago a los Municipios de la entrega a cuenta correspondiente a la cuarta parte de las cantidades inicialmente previstas, sin perjuicio de la liquidación.
La cantidad destinada a la financiación de EUDEL se hará efectiva trimestralmente, coincidiendo con las entregas a cuenta del Fondo Foral de Financiación Municipal.
2. En el mes de febrero del ejercicio siguiente se practicará la liquidación definitiva, en base a la liquidación definitiva de las aportaciones a la Comunidad Autónoma del País Vasco.
3. La atribución de las posibles diferencias que se produzcan en la liquidación del Fondo Foral de Financiación Municipal, en relación a la previsión presupuestaria del ejercicio correspondiente, se realizará a cada municipio guipuzcoano, en aplicación del riesgo compartido en proporción directa a las cuotas fijadas inicialmente en el Presupuesto aprobado.
4. Excepcionalmente, los saldos a favor de la Diputación Foral que, en su caso, resulten de la liquidación definitiva citada en el apartado 2 anterior podrán ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento en los términos y en las condiciones que, para cada supuesto, acuerde el Consejo de Diputados.
- Modificación realizada (6 (apdo. 2)) por Norma Foral 3/2024, de 13 de septiembre, de modificación de la Norma Foral 15/1994, de 23 de noviembre, reguladora del Fondo Foral de Financiación Municipal.
(SS de 19-09-2024) en vigor desde 19-09-2024 - Modificación realizada (6 (apdo. 4, se añade)) por NORMA FORAL 9/2008, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los presupuestos generales del Territorio Historico de Gipuzkoa para el año 2009.
(SS de 31-12-2008) en vigor desde 01-01-2009 - Artículo modificado (6) por Norma Foral 22/2003 de 19 de diciembre por la que se aprueban los presupuestos generales del Territorio Historico de Gipuzkoa, para el año 2004
(SS de 31-12-2003) en vigor desde 31-12-2003
