Artículo 6 Forestal de Cataluña

Artículo 6 Forestal de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 6.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca elaborará planes de desarrollo forestal para realizar la política forestal de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 1.º, 1.

2. Serán planes de desarrollo forestal:

a) El Plan General de Política Forestal.

b) Los Planes de Producción Forestal.