Articulo 6 General presupuestaria

Articulo 6 General presupuestaria

Ver Indice
»

Artículo 6. Normas comunes a los derechos de la Hacienda Pública estatal.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Administración de los derechos de la Hacienda Pública estatal corresponde, según su titularidad, al Ministerio de Hacienda y a los organismos autónomos, sin perjuicio de las competencias que ésta u otras leyes atribuyen a otros departamentos o entidades del sector público estatal.

2. El manejo o custodia de fondos o valores de naturaleza pública podrá encomendarse a personas o entidades privadas, que deberán prestar garantía en los casos, cuantía y forma que se determine reglamentariamente.