Articulo 6 Gobierno Valenciano, por el que se establecen las bases y criterios generales uniformes para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de las policías locales y auxiliares de policía local de la Comunidad Valenciana
Artículo 6. Ejercicios y temarios.
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1. Las pruebas de acceso a las distintas Escalas y Categorías de los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana, así como de los Auxiliares de Policía, constarán de las siguientes fases y ejercicios:
Prueba de medición de estatura, en su caso.
Ejercicio o prueba psicotécnica, de acuerdo con los baremos y criterios que se establezcan. La superación de dicha prueba, homologada por el IVASP, tendrá el período de validez que se establezca en la Orden de desarrollo.
Pruebas de aptitud física.
Ejercicio escrito de preguntas con respuestas alternativas sobre los programas o temarios que se establezcan para cada categoría.
Ejercicio sobre el conocimiento del valenciano, en los municipios de predominio lingüístico valenciano.
Reconocimiento médico, de acuerdo con el cuadro de exclusiones médicas que se determine. La superación de dicha prueba, homologada por el IVASP, tendrá el período de validez que se determine en la Orden de desarrollo.
Ejercicios escritos sobre el contenido de los programas o temarios que se determinen para cada categoría, cuyo contenido básico mínimo incluirá las siguientes materias: Constitución Española, Organización del Estado, Estatuto de Autonomía, Régimen Local, Policía, Derecho Administrativo, Derecho Penal, Policía Administrativa, Psicosociología y Policía de Tráfico y Circulación.
2. Las Corporaciones Locales podrán adicionar a los programas mínimos que se establezcan, siempre que se proporcionen por los Ayuntamientos a los aspirantes, temas sobre materias específicas relacionadas con las funciones atribuidas al puesto y con el entorno socio-local, así como establecer ejercicios teóricos o prácticos sobre materias adicionales, tanto con carácter obligatorio como voluntario. Los temas relativos al entorno socio-local no podrán representar más de un 10% del total del temario exigido, y su valoración se realizará de acuerdo con los criterios que se determinen.
3. Mediante orden del conseller competente en materia de Policía se determinará el contenido mínimo de los ejercicios y programas de las pruebas selectivas, así como, en su caso, los criterios de exclusión y valoración de las pruebas psicotécnicas y de reconocimiento médico, correspondientes a las diferentes Escalas y Categorías.
4. Previamente al inicio de las pruebas, los aspirantes aportarán un certificado médico oficial en el que se haga constar expresamente su capacidad para concurrir a las pruebas físicas exigidas para el acceso a la categoría de que se trate, así como que no se encuentran impedidos o incapacitados para el acceso a la función pública.
