Articulo 6 III Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales
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»Artículo 6. Otros conflictos.
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El Patronato del Jurado Arbitral Laboral podrá formalizar convenios o acuerdos con entidades públicas o privadas para la extensión del sistema de solución de conflictos laborales a otros ámbitos también de carácter laboral.
