Articulo 6 Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Bizkaia
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»Artículo 6.-Base imponible.
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La base imponible de este impuesto estará constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles que se regula en la Norma Foral del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia.
