Articulo 6 Impuesto sobre...as del THG

Articulo 6 Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas del THG

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Artículo 6. Hecho imponible.

Vigente

1. Constituye el hecho imponible la obtención de renta por el contribuyente, con independencia del lugar donde ésta se hubiese producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.

Las imputaciones de rentas establecidas por Norma Foral tendrán, asimismo, la consideración de obtención de renta.

2. Componen la renta del contribuyente:

a) Los rendimientos del trabajo.

b) Los rendimientos de las actividades económicas.

c) Los rendimientos del capital.

d) Las ganancias y pérdidas patrimoniales.

e) Las imputaciones de renta que se establezcan por Norma Foral.

3. A efectos de la determinación de la base imponible y del cálculo del Impuesto, la renta se clasificará en general y del ahorro.