Artículo 6 impulso y promoción de la producción ecológica y otras producciones agrarias, pesqueras y acuícolas certificadas en Andalucía
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»Artículo 6. Fomento de la transformación y comercialización de productos ecológicos.
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1. Con el fin de desarrollar la cadena de transformación y comercialización y reforzar la demanda del producto ecológico, se podrán conceder incentivos a la transformación y comercialización de productos ecológicos. De esta forma, se considerarán de manera prioritaria aquellos proyectos que refuercen la posición de los productores en la cadena de valor, avanzando en transformación o comercialización o puesta en el mercado de los productos ecológicos.
2. Las convocatorias de ayudas establecerán, en beneficio de las empresas que transforman y comercializan productos ecológicos, criterios de selección que supongan un mínimo del 5% de la puntuación total.
