Artículo 6. LEY 3/2026, de 29 de junio, C.Valenciana, medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado
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»Artículo 6. Lenguaje claro.
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1. Las normas deberán redactarse utilizando un lenguaje claro, preciso y comprensible, adecuado al perfil de las personas a las que vayan dirigidas.
2. Cuando se trate de disposiciones de especial complejidad, o que afecten de manera significativa a un amplio sector de la sociedad, o a colectivos que así lo requieran se publicará una versión adaptada en lectura fácil que garantizará la accesibilidad y comprensión normativa, que no producirá efectos jurídicos.
3. Cuando sea necesario, el órgano promotor del proyecto elaborará guías, vídeos explicativos y herramientas digitales para facilitar a la ciudadanía y a las empresas la comprensión y el cumplimiento normativo.
