Articulo 6 Medidas 2022 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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Se modifica el artículo 26.3-2 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas, que queda redactado como sigue:
«Artículo 26.3-2 Devengo y exigibilidad.
1. El devengo se producirá en el momento en que se inicie el procedimiento.
2. La exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar se producirá en el momento del devengo.»
