Articulo 6 Medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del ...e la función pública
Articulo 6 Medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública
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»Artículo 6
Vigente
Se añade un apartado 3 al artículo 96 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, con la redacción siguiente:
3. El personal funcionario a que se refiere el apartado anterior que no pueda acreditar el nivel mínimo exigido de conocimiento de la lengua catalana queda obligado a conseguirlo y a acreditarlo en los términos que se establezcan reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-04-2016 en vigor desde 13-04-2016