Articulo 6 Medidas extrao...lla y León

Articulo 6 Medidas extraordinarias por COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en Castilla y León

Ver Indice
»

Artículo 6. Costes.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. El coste del módulo aplicable a una acción formativa en modalidad presencial que pase a impartirse mediante «aula virtual», se mantendrá para el número total de horas de dicha acción.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será, asimismo, aplicable a las acciones formativas que no se hubieran iniciado y cambien la modalidad de impartición a la de teleformación según lo establecido en el artículo 4.4.

2. En el caso de acciones formativas que se impartan en la modalidad de teleformación y/o aula virtual, no se considerarán financiables los gastos de transporte, manutención y alojamiento de los participantes y formadores.

3. La imputación de costes laborales, alquileres, de espacios y equipamientos, instalaciones y cualquier otro que sea ineludible para las entidades de formación durante el período de suspensión, que estén acreditados, podrán ser justificables, sin que en ningún caso suponga el incremento de la subvención concedida.