Articulo 6 Medidas fiscales y administrativas 2003 de Andalucía
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»Artículo 6. Tipo impositivo reducido para las sociedades de garantía recíproca.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (6 (se deroga)) por Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos.
(JA de 09-09-2009) en vigor desde 10-09-2009 - Artículo modificado (Artículos 6) por LEY 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.
(JA de 31-12-2004) en vigor desde 01-01-2005
