Articulo 6 Medidas en materia de Contratos del Sector Público
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»Artículo 6. Declaración responsable única.
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1. Para participar en todos los procedimientos de licitación se aportará la Declaración Responsable Única (DRU), que se ajustará al formulario de Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) de acuerdo con la legislación vigente en materia de contratación.
2. El modelo de Declaración Responsable Única, que se aprobará mediante resolución de la dirección general competente en materia de contratación, se ajustará al formulario del DEUC, incluyendo las demás declaraciones responsables que deban cumplimentarse de acuerdo con los pliegos que rijan la licitación y que no formen parte del contenido de la oferta.
Modificaciones
- Modificación realizada (6) por Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa.
(AR de 23-02-2021) en vigor desde 23-02-2021 - Modificación realizada (6 (inciso señalado del apdo. 2, se declara inconstitucional y nulo)) por Pleno. Sentencia 237/2015, de 19 de noviembre de 2015. Recurso de inconstitucionalidad 6720-2011. Interpuesto por el Presidente del Gobierno contra diversos preceptos de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de las Cortes de Aragón, de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón. Competencias sobre contratos administrativos: nulidad de los preceptos legales autonómicos relativos a la documentación, publicación del anuncio licitación y plazo de presentación de ofertas en los procedimientos simplificados.
(BOE de 30-12-2015) en vigor desde 19-11-2015 - Artículo modificado (6) por LEY 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
(AR de 19-03-2012) en vigor desde 20-03-2012
