Articulo 6 Medidas relativas al personal al servicio de las Administraciones Publicas
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»Artículo 6.
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Se añade un nuevo párrafo al artículo 23 con la siguiente redacción:
El personal que forme parte de las Comisiones de Evaluación previstas en el sistema de carrera profesional percibirá la compensación económica prevista para los miembros de los tribunales de selección de personal, siempre que su actuación tenga lugar fuera de su jornada laboral ordinaria.
