Articulo 6 Medidas ante el reto demográfico y territorial
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»Artículo 6. Análisis del impacto demográfico y territorial.
Vigente
1. En los procedimientos de elaboración de proyectos de ley, de decretos y de documentos de planificación sectorial que se tramiten por la Junta de Extremadura, el centro directivo que inicie el expediente, incorporará un análisis de su impacto demográfico y territorial, en el marco de lo que establezca la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura.
2. Reglamentariamente, se establecerán los criterios y la metodología para la elaboración del análisis previsto en el apartado anterior.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022