Articulo 6 Medidas tributarias, administrativas y sociales
Ver Indice
»Artículo 6. - Competencia para la contratación de los sistemas para la gestión económico-financiera.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La competencia para la contratación de los sistemas necesarios para la gestión económico-financiera de los entes que integran el sector público autonómico de Canarias con presupuesto limitativo corresponderá a los órganos de la consejería competente en materia de hacienda de acuerdo con sus respectivas facultades en materia de contratación. En dicha competencia se entenderán comprendidas las relativas a la autorización y gestión de los créditos presupuestarios correspondientes, sin perjuicio de la autorización del Gobierno en los casos que sea preceptiva.
