Articulo 6 Medidas tributarias, administrativas y sociales
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Artículo 6. - Competencia para la contratación de los sistemas para la gestión económico-financiera.

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La competencia para la contratación de los sistemas necesarios para la gestión económico-financiera de los entes que integran el sector público autonómico de Canarias con presupuesto limitativo corresponderá a los órganos de la consejería competente en materia de hacienda de acuerdo con sus respectivas facultades en materia de contratación. En dicha competencia se entenderán comprendidas las relativas a la autorización y gestión de los créditos presupuestarios correspondientes, sin perjuicio de la autorización del Gobierno en los casos que sea preceptiva.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-11-2014 en vigor desde 11-11-2014