Articulo 6 Medidas tributarias para hacer frente a la actual situación inflacionista
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Artículo 6. Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades de 2022

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En 2022 no estarán obligados a realizar el pago fraccionado, además de aquellos contribuyentes previstos en el apartado 1 del artículo 130.bis de la Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, aquellos contribuyentes que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el volumen de operaciones correspondiente al último periodo impositivo cuyo plazo de declaración estuviese vencido a 1 de octubre de 2022 sea inferior a 50 millones de euros.

En el supuesto de que no se hubiera presentado la declaración del Impuesto sobre Sociedades, estando obligado a ello, se tendrá en cuenta el volumen de operaciones correspondiente al período impositivo al que se refiera la última declaración presentada o, en su caso, liquidación practicada.

Cuando el último período impositivo, cuyo plazo de declaración estuviera vencido de acuerdo con lo señalado anteriormente, sea de duración inferior al año el volumen de operaciones se elevará al año hasta completar un período de 12 meses.

b) Que no tributen en el régimen especial de consolidación fiscal previsto en el capítulo VI del título VI de la citada Norma Foral.