Articulo 6 modelo 170 -declaracion de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestion de cobros a traves de tarjetas de credito o de debito-
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»Artículo 6. Plazo de presentación del modelo 170.
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La presentación de la declaración informativa de operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito, modelo 170, se realizará en el plazo correspondiente al mes de febrero de cada año, en relación con las operaciones que correspondan al año natural anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10.2 de esta Orden.
Modificaciones
- Artículo modificado (6) por Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro Estado Miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con efectivo intercambio de información tributaria, se establece la forma y plazo para su presentación y se modifica otra normativa tributaria.
(BOE de 30-12-2015) en vigor desde 31-12-2015
