Articulo 6 modelo 171 -de...documento-

Articulo 6 modelo 171 -declaracion informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento-

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Artículo 6. Plazo de presentación del modelo 171.

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NOTA: Aplicable por primera vez para la presentación de las declaraciones anuales correspondientes a 2017 que se presentarán en 2018.

La presentación de la declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, modelo 171, se realizará en el plazo comprendido entre el día 1 y el 31 del mes de enero de cada año, en relación con las operaciones que correspondan al año natural anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.