Articulo 6 Obras Públicas y Transportes, sobre determinación de los precios máximos de las viviendas de protección oficial
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»Artículo 6. Precio base de las viviendas de protección oficial de régimen tasado autonómico edificadas en derecho de superficie.
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a. En los municipios incluidos en el anexo I: 2.468,63 euros/m² útil.
b. En los municipios incluidos en el anexo II: 2.388,47 euros/m² útil.
c. En el resto de municipios: 2.156,01 euros/m² útil.
d. El precio máximo por m² útil de los anejos resultará de multiplicar por 0,28 el precio base.
