Articulo 6 ordenación de ... en Aragón

Articulo 6 ordenación de la actividad comercial en Aragón

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Artículo 6.

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1. El horario de apertura y cierre de los establecimientos comerciales de venta y distribución de mercancías o de prestación de servicios al público, así como los días y número de horas de actividad semanal de los mismos, será de libre fijación por las empresas.

2.

3. Lo dispuesto en los números anteriores, en ningún caso podrá perjudicar los derechos reconocidos al trabajador por la legislación laboral.

4. Los establecimientos comerciales tendrán que exponer en lugar visible los días y horas de apertura para la adecuada información al público.