Articulo 6 Participación institucional de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas
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»Artículo 6. Fomento de la participación
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Dadas la importancia y la trascendencia de la participación institucional de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, se reconoce el derecho que tienen a percibir una subvención económica en concepto de compensación por los gastos derivados de dicha participación.
Modificaciones
- Modificación realizada (6 (se dota de contenido)) por Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2017
(PM de 31-12-2016) en vigor desde 01-01-2017 - Artículo modificado (Título II, 6, 7 y 8) por Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2012
(PM de 30-12-2011) en vigor desde 01-01-2012
