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Articulo 6 de Plan General de Contabilidad Pública PGCPGC

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6º. Criterios de valoración

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La valoración es el proceso por el cual se asigna un valor monetario a cada uno de los elementos integrantes de las cuentas anuales, de acuerdo con lo que disponen las normas de valoración relativas a cada uno, incluidas en la parte segunda de este Plan General de Contabilidad Pública de la Generalidad de Cataluña (PGCPGC).

Si existe un desarrollo de criterios de valoración en alguna norma de reconocimiento y valoración particular, hay que atenerse.

A este efecto, se tienen que tener en cuenta las definiciones siguientes:

1) Precio de adquisición.

El precio de adquisición de un activo es el importe, en efectivo u otros activos, pagado o pendiente de pago, que corresponda a este, así como cualquier coste directamente relacionado con la compra o puesta en condiciones de servicio del activo para el uso en que está destinado.

2) Coste de producción.

El coste de producción de un activo incluye el precio de adquisición de las materias primas y otros materiales consumidos, el de los factores de producción directamente imputables a este, y la fracción que razonablemente corresponda de los indirectamente relacionados con el activo, en la medida en que se refieran al periodo de producción, construcción o fabricación, y se basen en el nivel de utilización de la capacidad normal de trabajo de los medios de producción y sean necesarios para la puesta del activo en condiciones operativas.

3) Coste de un pasivo.

El coste de un pasivo es el valor de la contrapartida recibida a cambio de incurrir en la deuda.

4) Valor razonable.

Es el importe por el cual puede ser adquirido un activo o liquidado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, que llevan a cabo una transacción en condiciones de independencia mutua. El valor razonable se tiene que determinar sin deducir los costes de transacción en que se pueda incurrir en su alienación. No tiene en ningún caso el carácter de valor razonable el que sea resultado de una transacción forzada, urgente o como consecuencia de una liquidación involuntaria.

Con carácter general, el valor razonable se tiene que calcular con referencia a un valor de mercado fiable. En este sentido, el precio cotizado en un mercado activo es la mejor referencia del valor razonable, y se entiende como tal aquel en el cual se den las condiciones siguientes:

- Los bienes o servicios intercambiados en el mercado son homogéneos.

- Se pueden encontrar en todo momento compradores o vendedores para uno determinado bien o servicio; y

- Los precios son conocidos y fácilmente accesibles para el público. Estos precios, además, reflejan transacciones de mercado reales y actuales y producidas con regularidad.

En los elementos para los cuales no hay un mercado activo, el valor razonable se obtiene mediante la aplicación de modelos y técnicas de valoración. Entre los modelos y técnicas de valoración se incluye el uso de transacciones recientes en condiciones de independencia mutua entre partes interesadas y debidamente informadas, si están disponibles, referencias al valor razonable de otros activos que son sustancialmente iguales, descuentos de flujos de efectivo y modelos generalmente aceptados para valorar opciones. En cualquier caso, las técnicas de valoración utilizadas tendrán que ser consistentes con las metodologías generalmente aceptadas por el mercado para la fijación de precios y, si existe, se tiene que utilizar la técnica de valoración utilizada por el mercado que haya demostrado que es la que obtiene unas estimaciones más realistas de los precios.

Las técnicas de valoración utilizadas tienen que maximizar el uso de datos observables de mercado y otros factores que los participantes en el mercado considerarían al fijar el precio, y limitar tanto como se pueda el uso de datos no observables.

La entidad tiene que evaluar la técnica de valoración de manera periódica, utilizando los precios observables de transacciones recientes en este mismo activo o utilizando los precios basados en datos observables de mercado que estén disponibles.

Se considera que el valor razonable obtenido a través de los modelos y técnicas de valoraciones anteriores no es fiable cuando:

- La variabilidad en el rango de las estimaciones del valor razonable es significativa o,

- Las probabilidades de las diferentes estimaciones dentro de este rango no se pueden medir razonablemente para ser utilizadas en la estimación del valor razonable.

Cuando sea precisa la valoración por el valor razonable, los elementos que no se puedan valorar de manera fiable, con referencia a un valor de mercado o mediante los modelos y técnicas de valoración antes señalados, se tienen que valorar, según corresponda, por su precio de adquisición, coste de producción o coste amortizado, y se tiene que hacer mención de la memoria de este hecho y de las circunstancias que lo motivan.

5) Valor realizable neto.

El valor realizable neto de un activo es el importe que se puede obtener por su alienación en el mercado, de manera natural o no forzada, deduciendo los costes estimados necesarios para llevarla a cabo, así como, en el caso de los productos en curso, los costes estimados necesarios para acabar su producción, construcción o fabricación.

6) Valor en uso.

El valor en uso de los activos que incorporan rendimientos económicos futuros para la entidad es el valor actual de los flujos de efectivo esperados a través de su utilización en el curso normal de la actividad de la entidad y, si ocurre, de su alienación u otra forma de disposición, actualizados a un tipo de interés de mercado sin riesgos. Cuando la distribución de los flujos de efectivo esté sometida a incertidumbre, se tiene que considerar asignando probabilidades a las diferentes estimaciones de flujos de efectivo. En cualquier caso, estas estimaciones tienen que tener en cuenta cualquier otra asunción que considerarían los participantes en el mercado, como el grado de liquidez inherente al activo valorado.

El valor en uso de los activos portadores de potencial de servicio para la entidad es el valor actual del activo manteniendo su potencial del servicio. Se determina por el coste de reposición del activo menos la amortización acumulada calculada sobre la base de este coste, para reflejar el uso ya efectuado del activo.

7) Costes de venta.

Son los gastos directamente atribuibles a la venta de un activo en que la entidad no habría incurrido si no hubiera tomado la decisión de vender, excluidos los gastos financieros. Se incluyen los gastos legales necesarios para transferir la propiedad del activo y las comisiones de venta.

8) Importe recuperable.

El importe recuperable de un activo es el mayor entre su valor razonable menos los costes de venta y su valor en uso.

9) Valor actual de un activo o de un pasivo.

El valor actual es el importe de los flujos de efectivo a recibir o pagar en el curso normal de la actividad de la entidad, según se trate de un activo o de un pasivo, respectivamente, actualizado a un tipo de descuento adecuado.

10) Coste amortizado de un activo o de un pasivo financiero.

Es el importe al cual inicialmente fue valorado un activo financiero, o un pasivo financiero, menos los reembolsos del principal, más o menos, según corresponda, la parte imputada en la cuenta del resultado económico patrimonial, mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento y, para el caso de los activos financieros, menos cualquier reducción de valor por deterioro reconocida mediante una cuenta correctora de su valor.

El tipo de interés efectivo es el tipo de actualización que iguala exactamente el valor contable de un activo o un pasivo financiero con los flujos de efectivo estimados a lo largo de la vida de este, a partir de sus condiciones contractuales y sin considerar las pérdidas por riesgo de crédito futuras; en su cálculo se tienen que incluir las comisiones financieras que se carguen por adelantado en la concesión de financiación. Cuando no se disponga de una estimación fiable de los flujos de efectivo a partir de un determinado periodo, se tiene que considerar que los flujos restantes son iguales en los del último periodo para el cual se dispone de una estimación fiable.

11) Costes de transacción atribuibles a un activo o pasivo financiero.

Son los gastos directamente atribuibles a la compra o alienación de un activo financiero, o a la emisión o asunción de un pasivo financiero, en el que no se habría incurrido si la entidad no hubiera efectuado la transacción. Se incluyen las comisiones pagadas a intermediarios, como las de corretaje, los gastos de intervención de fedatario público y otros, y se excluyen las primas o descuentos obtenidos en la compra o emisión, los gastos financieros, las administrativas internas y las producidas por estudios y análisis previos.

12) Valor contable.

El valor contable es el importe por el cual un activo o un pasivo está registrado en el balance, una vez deducida, en el caso de los activos, su amortización acumulada y cualquier corrección valorativa acumulada por deterioro que se haya registrado.

13) Valor residual de un activo.

El valor residual de un activo es el importe que la entidad podría obtener en el momento actual por su venta u otra forma de disposición, una vez deducidos los costes estimados para llevarla a cabo, tomando en consideración que el activo hubiera alcanzado la antigüedad y otras condiciones que se espera que tenga al final de su vida útil.

La vida útil de un activo es el periodo durante el cual se espera utilizar el activo por parte de la entidad o el número de unidades de producción o similares que se espera obtener por parte de la entidad.

La vida económica de un activo es el periodo durante el cual el activo se espera que sea utilizable económicamente por parte de unos o más usuarios o el número de unidades de producción que se espera obtener del activo por parte de unos o más usuarios.