Articulo 6 de Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de Andalucía
6. Medidas de actuación.
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Las medidas de actuación se definen como aquellas actividades dirigidas a la protección de las personas y los bienes, y a mitigar los efectos que se puedan producir. Se garantizará la atención a las personas con discapacidad y con especial vulnerabilidad.
A continuación se relacionan las medidas de actuación, así como sus posibles acciones a desarrollar.
6.1. Información y avisos a la población.
Con respecto a la información habrá que distinguir:
o La información preventiva.
o La información durante la emergencia.
o La información posterior a la emergencia.
Acciones:
o Emisión de avisos y mensajes periódicos a la población con información sobre la situación y evolución de la emergencia, así como las instrucciones preventivas y posteriores a la emergencia.
o Instrucciones y recomendaciones a la población para canalizar su colaboración. En el Anexo 7 se detallan estas recomendaciones.
o Análisis del tratamiento de la información para evitar situaciones de pánico y comportamientos o actuaciones negativas.
o Instrucciones sobre medidas de autoprotección.
o Emisión de alerta temprana e información a la población.
o Gestión y canalización de la información a través de los medios de comunicación y redes sociales.
6.2. Control de accesos y seguridad ciudadana.
Acciones:
o Control de acceso al área establecida en la zonificación, tanto de personas como de vehículos.
o Señalización de accesos disponibles y afectados.
o Indicación de vías alternativas.
o Acompañamiento/escolta de vehículos destinados a la evacuación o al transporte de suministros básicos.
o Control y salvaguarda de los bienes ante desvalijamiento, asalto o pillaje.
o Protección de las instalaciones singulares para la prestación de servicios.
6.3. extinción de incendios.
Acción:
o Adopción de medidas oportunas para sofocar los incendios que se produzcan.
6.4. Salvamento.
Acciones:
o Localización de personas, rescate y salvamento.
o Organización de equipos de búsqueda.
6.5. Confinamiento.
Acciones:
o Instrucciones a la población para que permanezca en instalaciones seguras. También se puede realizar el confinamiento temporal en zonas de refugio próximas a la población.
o Medidas específicas de autoprotección en función de la situación existente.
6.6. Alejamiento.
Acciones:
o Desplazamiento temporal a zonas cercanas.
o Disposición de zonas de seguridad previamente definidas y control de las vía a través de las que se realizará el alejamiento.
El alejamiento no conllevará albergue ni alojamiento.
6.7 Evacuación.
Acciones:
o Traslado urgente de un colectivo de su lugar habitual de residencia a otro considerado seguro frente a la amenaza.
o Información a la población de la medida adoptada y de las normas a seguir.
o Habilitación de vías de acceso para el traslado de personas evacuadas.
o Disposición de medios de transporte para el traslado colectivo, si así se decide.
o Disposición de ambulancias u otros medios de transporte especiales para la evacuación de personas discapacitadas.
o Selección de los puntos de reunión de las personas que serán evacuadas.
o Selección y acondicionamiento de los centros de albergue donde instalar a la población evacuada.
o Programación del plan de actuación de regreso a los hogares al final de la emergencia.
6.8. Albergue.
Acción:
o Designación de los centros previstos para dar cobijo a personas evacuadas durante la emergencia. Pueden ser hoteles, residencias, colegios, centros educativos, así como otras instalaciones acondicionadas al efecto que reúnan los requisitos mínimos siguientes:
- Área de descanso.
- Área de abastecimiento.
- Área de sanidad.
- Área de higiene.
- Área de asistencia social.
- Área de gestión y control.
6.9. Atención sanitaria.
Acciones:
o Traslado y atención sanitaria de personas afectadas en la zona de socorro.
o Identificación de los grupos vulnerables.
o Movilización de personas heridas y traslado a los centros sanitarios.
o Prevención sanitaria mediante el control de los posibles brotes epidemiológicos y focos de contaminación.
6.10. Atención psicológica.
Acción:
o Atención psicológica de emergencia a víctimas, familiares e intervinientes.
6.11. Abastecimiento.
o Acciones:
o Suministros básicos:
- Suministros de electricidad y combustibles.
- Suministro de alimentos.
- Suministro de medicamentos.
- Suministro de agua.
o Servicios Básicos:
- Servicios de sanidad e higiene.
- Servicios de transporte.
- Servicios de comunicaciones.
- Servicios de información.
o Organización de la red logística para el suministro de las necesidades básicas.
o Atención prioritaria a los grupos de población vulnerables.
o Organización de la red de suministro a los equipos de intervención.
6.12. Reducción de riesgos asociados.
Acción:
o Análisis de la zona y realización de actuaciones concretas cuyo objetivo sea evitar o minimizar deterioros que puedan originar nuevos riesgos.
6.13. Ingeniería Civil.
Acción:
o Adopción de medidas específicas que complementen las medidas de intervención y reparadoras.
6.14. Protección de bienes de interés.
Acciones:
o Salvaguarda de los bienes materiales, culturales y medioambientales de mayor valor o interés general.
o Control y salvaguarda de los bienes ante desvalijamiento, asalto o pillaje.
o Protección de instalaciones singulares en la prestación de servicios.
6.15. Establecimiento de redes de transmisión.
Acción:
o Establecimiento de comunicaciones: operativos, PMA y centros de coordinación.
El CECEM/CECOP dispone de sistemas integrados de comunicaciones a fin de centralizar y garantizar las comunicaciones durante la activación del PTEAnd. En el Anexo 6 se detallan estos sistemas.
6.16. Valoración de daños.
Acciones:
o Valoración de los daños producidos por el suceso para la posterior rehabilitación.
o Evaluación de los daños producidos en edificaciones e infraestructuras.
o Establecimiento de niveles de necesidades y prioridades.
6.17. Medidas de ciberseguridad.
Acciones:
o Adopción de medidas de seguridad para reducir el impacto sobre la información y los servicios digitales.
o Medidas de actuación dirigidas a mitigar el impacto digital.
