Articulo 6 Prestaciones s... I Balears

Articulo 6 Prestaciones sociales de carácter económico de I. Balears

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Artículo 6. Periodicidad de las prestaciones

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Las prestaciones sociales de carácter económico pueden pagarse de cualquiera de las siguientes formas:

a) Prestaciones que se pagan por medio de aportaciones dinerarias periódicas y que pueden ser:

I. Estables, con voluntad de tener continuidad y estabilidad en el tiempo.

II. Temporales, con una duración anual y previsión de revisar la continuidad sujeta a condiciones.

b) Prestaciones puntuales: son las que se agotan con una aportación dineraria para atender a un concepto y por tiempo limitado.