Articulo 6 Presupuestos 2007 C. Valenciana
Artículo 6. Principios de gestión.
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La gestión y ejecución de los Presupuestos de gastos de la Generalitat deberán sujetarse a los siguientes principios:
La gestión contable-presupuestaria estará condicionada a que se hayan producido las actuaciones administrativas previas, que reglamentariamente se determinen y que garanticen la inmediata disposición de gastos y/o contracción de obligaciones.
No podrán adquirirse compromisos de gasto en cuantía superior al importe de los créditos autorizados, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y cualquier otro acto administrativo, así como las disposiciones generales con rango inferior a Ley, que infrinjan esta norma, sin perjuicio de la responsabilidad a que haya lugar.
El cumplimiento de las limitaciones expresadas en la letra anterior deberá verificarse al nivel que esta Ley establece para los distintos casos.
Los créditos no ejecutados podrán ser objeto de redistribución por la persona que tenga asignada la titularidad de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, a través del programa Gastos Diversos, con el fin de maximizar el cumplimiento de la programación prevista y optimizar la utilización de los recursos.
