Articulo 6 Presupuestos 2011 Extremadura

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Artículo 6. Devolución de derechos de examen.

Vigente

Será competente para acordar el derecho al reintegro de la tasa de los derechos de examen legalmente prevista a los aspirantes al ingreso en la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluido el personal laboral, docente y estatutario, el órgano convocante de las pruebas, así como para la gestión y liquidación de la mencionada tasa.