Articulo 6 Prevención y e...forestales

Articulo 6 Prevención y extinción de incendios forestales

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Artículo 6.

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Las viviendas, edificaciones e instalaciones de carácter industrial en zona forestal deberán estar dotadas de una franja de seguridad de 15 metros de anchura mínima, libres de residuos, de matorral espontáneo y de vegetación seca, debiendo colocar, además, matachispas en las chimeneas.